De todos, el primero
Juan C. Doria, gobernador interino de Hidalgo
Nace el estado de Hidalgo el 15 de enero de 1869. El presidente Juárez decretó (de acuerdo con el diario oficial) que la hasta entonces Segunda Jurisdicción del Estado de México pasaría a convertirse en un nuevo estado de la Federación, con el nombre de Hidalgo.
Artículo único: Queda definitivamente erigido en nuevo Estado de la Federación con el nombre de Hidalgo, la porción de territorio del antiguo Estado de México, comprendido en los distritos de Actopan, Apan, Huascazaloya, Huejutla, Huichapan, Pachuca, Tula, Tulancingo, Ixmiquilpan, Zacualtipán y Zimapán, que formaron el Segundo Milintar, creado por decreto de 7 de junio de 1862. (1)
Todos estos distritos dejaron de estar bajo la jurisdicción del Estado de México; y sin así y todo, la propuesta original separatista sugería a estos 11 distritos el añadido de otros tres: Otumba, Texcoco y Zumpango. Al final, el decreto del Congreso de la Unión (periodo 1867-1870), determinó que Hidalgo sería un estado de la Federación, independiente al Edomex., y se compondría por 60 municipios y 502 mil 125 habitantes (2). También se dividió al Estado de México en un tercer espacio, llamado Morelos.
De acuerdo con los discursos que se oyeron en la tribuna de legisladores del Congreso nacional, la separación del Estado de México en tres territorios obedeció a que su capital, Toluca, aglutinaba, primero, todos los poderes y estaba aterradoramente alejada de zonas como la Huasteca, y segundo, a que la administraban personalidades provenientes de la Ciudad de México, cuya ignorancia de las distantes regiones a su cargo era absoluta.
A juzgar por los razonamientos vertidos entre los diputados unionistas (que pugnaron por la no-segregación), había un descorazonador presagio de que el nuevo estado de Hidalgo sucumbiría de inmediato por causa de su carencia de medios de subsistencia, y que el Edomex (despojado de sus territorios) sufriría una no menos importante precipitación, principalmente económica. Legisladores como el diputado Montiel en su discurso del 21 de mayo de 1968 (cuando la discusión separatistas vs. unionistas era espumosa), tenían un motivo central para desconfiar de la propuesta separatista. En principio, los datos presentados por políticos y personajes del Segundo Distrito, tales como Antonio Tagle y el diputado Manuel Fernando Soto, sus datos eran más retóricos, políticos, sociales y humanistas, que económicos o estadísticos; y el puñado de informaciones de este tipo databan de al menos tres lustros atrás. Súmese a esto que la propuesta de un nuevo estado de Hidalgo tendría mayor número de habitantes, municipios, metros cuadrados de territorio, distritos… (3), mismos que le serían arrancados de golpe y porrazo al Edomex.
El artículo 72 de la Constitución de 1857, en su fracción tercera precisaba 4 requisitos para crear un estado nuevo: Primero, que dicha creación fuera solicitada por 80 mil habitantes como mínimo; Segundo, que se justificada plenamente que ese nuevo estado tenía los elementos necesarios para su pervivencia en todo sentido; Tercero, oír el parecer de las legislaturas a cuyo territorio afectada la decisión, y Cuarto, que la creación fuera ratificada por la mayoría de las legislaturas de los estados.
No sin rispidez durante las discusiones legislativas, al final se cumplieron todos los requisitos. Por eso el Congreso estuvo en condiciones de dictar una serie de Acuerdos Económicos definitivos el 17 de marzo del año previo al decreto de erección. Estos acuerdos dieron pie al paso siguiente: la irreversible creación de los estados libres y soberanos de Morelos e Hidalgo.
Al mismo tiempo que se deliberó sobre crear o no Hidalgo, los congresistas enfrentaron dificultades para elegir la forma como habrían de establecerse los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de la naciente entidad. Ejemplo inmejorable es el revuelo entre legisladores para determinar cómo se elegiría al nuevo gobernador. Todos querían sacar partido de la coyuntura.
“El debate realizado en la sesión del día 4 de enero de 1869 (tan sólo 11 días antes del decreto formal), respecto del artículo 1º de los Transitorios del proyecto de ley contenido en el dictamen relativo a la erección del Estado de Hidalgo y que se refiere al nombramiento del Gobernador provisional y la elección de diputados y gobernador del nuevo Estado.”(4)
En este párrafo Juan Alberto Flores recuerda una discusión en la que varios diputados aferrados (dueños, por otra parte, de una oratoria decimonónica), apelan centralmente sobre la conveniencia de nombrar a un gobernador electo cuya posibilidad de reelegirse tenga o no validez. El eje de la apasionada discusión es: ¿el gobernador interino tiene constitucionalmente, la facultad de reelegirse? Unos argumentan que no, con base en la Constitución de México. Otros argumentan que sí, a partir del mismo documento. Por momentos, la discusión se desborda hasta lo lenguaraz y el manotazo. Termina, para bien de la historia mexicana, con la aprobación de una serie de artículos transitorios en el decreto de erección de Hidalgo (suprimiendo el primero, cuyo tema escapa al fin de este trabajo):
Artículo 2º. El gobernador provisional no podrá ser electo popularmente para el mismo cargo, y quedará obligado a dar cuenta de los actos de su administración ante la Legislatura que se elija en el Estado.
Artículo 3º. Se convocará a la Legislatura con el doble carácter de constituyente y constitucional.
Artículo 4º. El ejecutivo nombrará cinco magistrados en la Legislatura del Estado de México, de los diputados electos por los distritos que se segregan.
Otro transitorio. El ejecutivo, con aprobación del Congreso, nombrará un gobernador provisional que se encargue de expedir la convocatoria para el nombramiento de diputados a la Legislatura y gobernador del nuevo Estado, y de regirlo mientras se instalan los poderes que se elijan popularmente. […].
El siguiente transitorio. El gobernador provisional no podrá ser electo popularmente para el mismo cargo, y quedará obligado a dar cuenta de los actos de su administración ante la Legislatura que se elija en el Estado.
El 21 de enero del mismo año, Juárez nombra gobernador electo a Juan Crisóstomo Doria, que en esos momentos se desempeñaba como diputado federal por el distrito de Linares, Nuevo León, y que apoyó en todo instante la creación de Hidalgo. Cuando Mariano Escobedo fue gobernador de Nuevo León, Doria se desempeñó como secretario de gobierno y de forma interina fungió como gobernador de aquel estado. Doria llegó a Pachuca el 27 de enero y de inmediato comenzó a atender los asuntos más urgentes de la administración pública, la seguridad de la capital, la educación, las comunicaciones, etcétera.
Lo exigía su cargo y convocó a elecciones que se realizaron el 2 de mayo. Se habían postulado seis candidatos. Obteniendo 434 votos, obtuvo el triunfo Antonio Tagle, seguido de Manuel Fernnado Soto con 144 votos; Justino Fernández con 80 votos; Cayetano Gómez y Joaquín Martínez con tres sufragios cada uno, y Pascual Carbajal, con un voto.
Al cabo de su brevísima administración, y observando lo que le exigía el segundo transitorio al ser nombrado, Juan C. Doria rindió su informe de actividades ante el recién electo Congreso local (5). En estos términos se expresó:
Sinceramente adicto a las instituciones que nos rigen, y celoso del cumplimiento de mis deberes en cualquiera esfera en que me encuentre colocado, me es altamente satisfactorio cumplir con el que me impone el artículo 2º de los transitorios de la ley de 16 de enero último, dando cuenta de los actos de mi administración al Congreso del Estado. (6)
A propóaito del alance que mostraba la la Hacienda estatal, según los propios documentos que presentó Juan C. Doria, se puede concluir que fue la mejor nunca antes vista; debido esto a lo quisquilloso de Juan C. Doria con respecto a sus recaudadores instalados en cada distrito. De su exigencia da cuenta el episodio cuando el administrador de Apan tuvo que ser removido de su cargo por no haber satisfecho al gobierno estatal las explicaciones que dio sobre la extracción de los caudales de su oficina por una piqueta de sublevados. El hecho llegó a investigarse por el juez de 1ª instancia del mismo distrito.
La recaudación de los primeros meses en que doria gobernó fue así: en el corte de caja de febrero, arrojó mil 280 pesos; en marzo, 21 mil 651 pesos; y en el último mes de su trabajo, abril, 28 mil 93 pesos.
Con respecto al tema bélico, en su discurso Juan C. Doria da explicación del único, pequeño cuerpo de guerra que existía en el estado. Éste se componía por 50 infantes en Pachuca y 20 dragones (7) en Actopan. Con este escuálido equipo, el gobernador interino detuvo a una banda que en Apan estalló un movimiento revolucionario local. “El estado se presentó imponente, y los sublevados no pudieron ocupar ninguna población de importancia, sin embargo de que su número excedía de doscientos cincuenta hombres”, detalla Doria.
Puesto que el presidente Juárez nombró cinco magistrados nuevos, se detuvo la justicia por algún tiempo en Hidalgo. Enterado de esto, de inmediato Doria mandó se trasegaran los archivos ubicados en Toluca, para iniciar los procesos judiciales nuevamente, instalando servicios judiciales en cada uno de los distritos políticos. Firmado por el secretario de justicia C. Robert. el Estado que manifiesta le número de causas despachadas y pendientes en el Tribunal Superior del Estado, desde el 2 de marzo del presente año a la fecha, este documento informa haberse girado 246 sentencias, más 329 casos en trámite al corte en abril.
Es el tema de gobernación al que Doria otorga principalísimo lugar. Y por eso, el informe al respecto lo desmenuza para poderlo explicar, uno por uno, cada tema. Por lo que hace a seguridad pública, a la instrucción educativa, al la guardia nacional, los indígenas, el reregistro civil y catastro, así como las mejoras generales, el estado de la minería y las elecciones, se puede afirmar sin temor a equivocarnos, que durante los tres meses que gobernó Doria, tuvo frutos inmensamente mayores al breve espacio de tiempo que estuvo al frente del gobierno.
Especialmente sensible fue C. Doria sobre el tema de las elecciones. Hoy, a casi siglo y medio de distancia, debemos reconocer el espíritu mesurado, republicano y austero del espíritu que fue Doria. Hizo lo necesario para cumplir su primera promesa cuando rindió protesta como gobernador interino: permitir que las elecciones tuvieran lugar libremente, entre ciudadanos informados. Para ello, recordemos, en el distrito de Actopan tuvo que suspender al jefe político del lugar por haber llegado al conocimiento de Doria que se hacía jugar en las elecciones la influencia de la autoridad que ejercía.
“En todos los demás distritos ha sido enteramente libre y franca, y los representantes del pueblo han tomado ya en consideración las diversas protestas que algunos electores en el terreno legal han presentado.”
Observar hoy la figura señera de Doria en el rubro político-electoral que protagonizó, me obliga a pensar en qué hubiera sido de nuestro estado de Hidalgo, si hubiera tenido por gobernador seis años más al ilustre personaje. Predilecciones aparte, pienso en un estadista de gran talla gobernando nuestro estado, cuya historia ha pasado a trote de caballo veloz entre. ¿La reelección de Doria hubiera sido lo deseable? Tal vez. Pero la reelección (y menos suciamente) no cabían en él. Por breve y firme, el primer gobernador permanece en la memoria.
Fuentes y notas:
(1) Flores Álvarez, Juan Alberto. “Proyecto de Ley” en Expediente sobre división del Estado de México y formación de uno nuevo con el nombre de Hidalgo… Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Pachuca, México: p. 125.
(2) Ballesteros García, Víctor Manuel. Síntesis de la creación del estado de Hidalgo. UAEH, Pachuca, México: p. 13.
(3) _______ p. 14.
(4) Flores Álvarez, Juan Alberto. Ibidem. pp.: 137-165.
(5)Ballesteros García, Víctor Manuel (comp.) Juan C. Doria y el Instituto Literario.
Facsímil de UAEH. Pachuca. México.
(6) Doria, Juan C. Primer párrafo de su Memoria que el gobernador provisional del Estado de Hidalgo presenta al H. Congreso del mismo. 25 de mayo de 1869.
(7) Dragón: soldado que combatía a pie o caballo. Diccionario Larousse.
2 comentarios:
Excelente trabajo Luís, te felicito:Gracias por rescatar la Historia del Lic. Doria,por cierto tengo algunas imágenes del Coronel,soy decendiente de él, quinta generación.
Saludos cordiales
hola Macoy mi bisabuelo se llamo Prfr. Manuel Ma. Doria Gzz. nació en Linares N.,L. primo hermano de Juan C. Doria me gustaría poder intercambiar información mi nombre Arturo Doria Medellin y mi correo: adoria621218@gmail.com saludos de Monterrey N.,L.
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